Estas normas regulan los diferentes puntos de anclaje de un arnés, definiendo su uso específico.
EN 361 - Anticaídas: es la única norma que certifica los puntos de anclaje para detener una caída libre. Estos puntos, situados por encima del centro de gravedad de la persona (zona esternal y/o dorsal), deben estar obligatoriamente identificados con la letra "A", distribuyen las fuerzas de impacto en el cuerpo y mantienen al usuario en posición vertical tras la caída.
EN 358 - Posicionamiento: certifica los puntos de anclaje, incluidos los situados en los flancos, laterales. Sirve para sujetar al usuario a la estructura mediante un elemento de amarre, permitiéndole trabajar en tensión y con las manos libres. Estos anclajes no son adecuados para ser utilizados en un sistema anticaídas.
EN 813 - Suspensión: certifica el punto de anclaje ventral. Es la norma específica para arneses diseñados para sostener el peso del usuario sentado en suspensión, distribuyéndolo entre el cinturón y las perneras. Este punto de anclaje no es adecuado para serblock utilizado en un sistema anticaídas.
Un arnés completo puede integrar las tres certificaciones, pero cada punto de anclaje tiene una función estructural y de seguridad totalmente distinta y no intercambiable.